Este mes se presentó un proyecto de ley que retoma la gran deuda que la democracia y la igualdad tiene con las mujeres y los varones -más allá de su identidad de género- en relación a la crianza: la propuesta de modificación de la Ley de Contrato de Trabajo lanzada por la CTA con el respaldo de organizaciones sociales y políticas amplía las licencias y apunta a la responsabilidad parental compartida.
Por Sonia Santoro
“Es una iniciativa de largo proceso de debate”, explicó Estela Díaz, secretaria de Género de la CTA, en el lanzamiento realizado el martes 21 de octubre en la sede de la CTA de Piedras. Debate que da cuenta de los cambios “en el trabajo, en las familias y de la ampliación de derechos”.
La diputada Mara Brawer, del Frente para la Victoria, recordó que está en consonancia con el Nuevo Código Civil y Comercial, que habla de “corresponsabilidad parental”. Por eso la consideró una ley “muy igualitaria, que complementa las leyes logradas en los últimos diez años”.
María del Carmen Bianchi, también diputada del FPV, dijo que es “para celebrar porque pretende unir voluntades políticas y conseguir más y mejor trabajo”. Con este proyecto, dijo, se avanza en “mejores condiciones de trabajo que representan los cambios democráticos al interior de las familias. No es solo una reivindicación laboral, es una reivindicación ciudadana”. Luego le dio el marco teórico a la cuestión.
Algo que parece remanido entre el movimiento de mujeres pero que todavía parece no haber llegado a la sociedad en general: “El cuidado de los niños no es una cuestión de las mujeres. Sino de las personas, de la comunidad. Esto permitirá remover prácticas que vienen desde la Revolución Industrial”. Y agregó, para ganarse uno de los aplausos más sentidos: “los niños fueron el disciplinamiento de las mujeres, no podemos permitir que esto siga ocurriendo en el siglo XXI”.
También acompañaron Hugo Yaski, Edgardo De Petris, y las diputadas Araceli Ferreyra, Adela Segarra y Carolina Gagliar. Se trata, como dijo Díaz, de un proyecto que necesitará mucha militancia y voluntades políticas para ser aprobado. El primer paso ya está dado.
Abajo se detallan los principales cambios que propone el proyecto a la Ley de contrato de trabajo:
Licencias especiales art. 158: sacar de allí la licencia para padres, pasarla a la parte de licencias por maternidad/paternidad. Se agrega y amplía cuidados por enfermedad, un día al mes con aviso para trabajadorxs sin invocar causa, licencias por violencia de género, por reproducción asistida, para adopción, que se equipara a nacimiento.
Pago de licencias y valor para jubilación art. 159: la reforma del artículo 159 apunta especialmente a cubrir un bache legal actual. Ya que las licencias de embarazo, maternidad, cuidados, quedan en un limbo jurídico respecto a su consideración o no para la seguridad social.
Cambios denominación Título VII y contenidos art 172: se elimina el título “de la protección de la mujer”, porque entiende que este título y los artículos que lo contienen están orientados desde un sesgo paternalista, que discrimina a las mujeres trabajadoras. Se propone “Igualdad de trato y oportunidades. No discriminación.”. Incluimos cláusulas de no discriminación en general y en particular para mujeres, personas con discapacidad y diversidad sexual.
Licencias por maternidad y paternidad art 177: la denominación propuesta es por “trabajadorxs con responsabilidades familiares”. Aumenta a 120 días por maternidad y 30 días más por nacimiento múltiple, a los 3 años de la vigencia de esta ley se agregan 60 días, que pueden ser elegidos por cualquier integrante de la pareja (parentalidad). 15 días por paternidad, incluyendo a los 3 años 15 días más. Equipara adopción, pudiendo decidir qué miembro de la pareja toma la licencia o alternándola. Especifica que cobrarán igual y será considerado como si trabajara (art 159).
Protección contra el despido art 178: agrega la protección contra el despido por un año para la pareja
Lactancia art 179: se incluye la provisión de sala para lactancia/alimentación (pueden usarla los papás) en lugar de trabajo.
Centros de cuidado infantil: se incorpora la provisión de lugar de cuidado de los 45 días a las 4 años para trabajadxr de cualquier género, en el lugar de trabajo hasta la 30 trabajadorxs, sino el dinero equivalente para contratar afuera.
Período de excedencia: se incluye que pueda ser utilizado por el varón, sin pérdida del puesto de trabajo.
En todos los casos se equipara el derecho para las parejas del mismo sexo.